lunes, 6 de febrero de 2012

ITC en AVILA


ORDENANZA REGULADORA



REGISTRO DE EDIFICIOS  OBLIGADOS A PRESENTAR ITC

Durante 2011



EDIFICIOS  OBLIGADOS A PRESENTAR ITC
Todos los edificios con más de 40 años desde su terminación o rehabilitación integral. Sin embargo para los que ya han cumplido 40 años, el ayuntamiento ha previsto una aplicación paulatina según los siguientes plazos.

-Durante el año 2011:
- Los edificios incluidos en el catálogo de edificios protegidos y los edificios municipales.
- Los edificios sin catalogar incluidos dentro del perímetro delimitativo del Conjunto Histórico-Artístico de la ciudad de Avila.
- Los edificios que hayan sido terminados o rehabilitados íntegramente en 1970

- Durante el año 2012:
- Los edificios terminados antes del 1 de enero de 1951 y que no hayan sido objeto de rehabilitación integral posteriormente a esa fecha y los que cumplan 40 años (los terminados en 1971).

- Durante el año 2013:
- Los edificios terminados o que hayan sido objeto de rehabilitación integral entre el 1 de enero de 1951 y el 31 de diciembre de 1960  y los que cumplan 40 años (los terminados en 1972).

- Durante el año 2014:
- Los edificios terminados o que hayan sido objeto de rehabilitación integral entre el 1 de enero de 1961 y el 31 de diciembre de 1964  y los que cumplan 40 años (los terminados en 1973).

- Durante el año 2015:
- Los edificios terminados o que hayan sido objeto de rehabilitación integral entre el 1 de enero de 1965 y el 31 de diciembre de 1970  y los que cumplan 40 años (los terminados en 1974).

- Durante el año 2016 y sucesivos:

- Los edificios que cumplan 40 años.

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